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La Protección Civil de los Derechos al Honor , a la Intimidad y a la Propia Imagen   

La Protección Civil de los Derechos al Honor , a la Intimidad y a la Propia Imagen


Pedro Grimalt Servera

Rústica. Castellano 2007.
ISBN 9788496717305
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Descripción de la editorial

El honor, la intimidad y la propia imagen son derechos que derivan de la dignidad humana y forman parte de ese elenco de derechos que, junto al derecho a la vida, al derecho al nombre, entre otros, resultan imprescindibles para que el ser humano pueda desarrollarse libremente como persona. La Constitución (art. 18), primero, configura al honor, a la intimidad y a la propia imagen como derechos fundamentales, y la LO 1/1982, después, establece, aunque sea parcialmente, su régimen jurídico.

El presente libro, a partir, principalmente, de las normas antedichas, de un exhaustivo análisis jurisprudencial y de aportaciones propias, sin dejar de lado las opiniones de otros autores, pretende fijar el contenido de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y analizar las cuestiones más problemáticas de su régimen jurídico, con especial atención a los conflictos de los referidos derechos con la libertad de expresión y la libertad de información. Además, siendo conscientes de la importancia de las resoluciones judiciales en la configuración de ese contenido y de cómo hay que resolver las dudas interpretativas que genera la LO 1/1982 y los conflictos entre los derechos del art. 18 de la Constitución y las libertades del art. 20 de la misma norma, se acompaña una recopilación de fundamentos de las sentencias (tanto del Constitucional como del Supremo, Sala de lo Civil), que han sido consideradas las que mejor revelan los objetivos del libro, con un breve comentario del autor.

El libro que se presenta pretende fijar el contenido de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen, así como analizar su régimen jurídico. También se ha estimado oportuno acompañar esta obra con una recopilación de extractos de sentencias brevemente comentadas, ya que la doble condición de derechos fundamentales y derechos de la personalidad del honor, de la intimidad y de la propia imagen, su necesaria evolución para adecuarse a nuevas realidades, sus constantes conflictos con otros derechos o libertades, y la riqueza de problemas que presentan, ha supuesto que su regulación normativa se haya visto desbordada, deviniendo fundamental la doctrina constitucional y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la configuración de su contenido y de su régimen jurídico.

Índice

Índice

Abreviaturas ......................................................................................... 19

PRIMERA PARTE

ESTUDIO SOBRE LA PROTECCIÓN CIVIL

DE LOS DERECHOS AL HONOR, A LA INTIMIDAD

Y A LA PROPIA IMAGEN

1. Los derechos al honor, intimidad y propia imagen como

derechos fundamentales y su desarrollo legislativo ............. 25

1.1. EL ARTÍCULO 18.1 DE LA CONSTITUCIÓN ................................ 25

A. ¿Qué se protege? ................................................................ 27

1) ¿Qué se protege con el derecho al honor? ............ 27

2) ¿Qué se protege con el derecho a la intimidad?.... 30

3) ¿Qué se protege con el derecho a la propia imagen?..........................................................................

37

B. ¿A quién se protege? ........................................................... 40

1) Las personas físicas (I): ¿Se protege a las personas

fallecidas?................................................................. 40

2) Las personas físicas (II): ¿Se protege a los nascituri? 43

3) Las personas jurídicas ............................................. 45

4) ¿Los colectivos sin personalidad jurídica? ............. 48

1.2. EL DESARROLLO LEGISLATIVO DE LOS DERECHOS DEL ARTÍCULO

18.1 DE LA CONSTITUCIÓN: PLANTEAMIENTO GENERAL ....... 49

A. Desarrollo normativo ......................................................... 49

B. Las características de los derechos al honor, a la intimidad

y a la propia imagen .......................................................... 50

C. Delimitación del contenido atendiendo a la ley, a los usos

sociales y a los actos propios ................................................ 53

8 Índice

2. La tipificación de las intromisiones ilegítimas en los derechos

al honor, a la intimidad y a la propia imagen: el artículo

7 de la LO 1/1982............................................................... 63

2.1. LAS INTROMISIONES EN EL DERECHO AL HONOR ........................ 65

2.2. LAS INTROMISIONES EN EL DERECHO A LA INTIMIDAD................. 66

2.3. LAS INTROMISIONES EN EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN .......... 70

3. Los sujetos protegidos en la LO 1/1982. Las personas fallecidas.................................................................................................

73

3.1. LA PROTECCIÓNDE LAS PERSONAS FALLECIDAS EN LA LO 1/1982. 74

3.2. INTROMISIÓN ILEGÍTIMA DESPUÉS DEL FALLECIMIENTO DE LA

PERSONA .................................................................................. 75

A. El fallecido ha dispuesto quién debe tutelar su memoria......... 75

B. El fallecido no ha dispuesto quién debe tutelar su memoria.... 77

3.3. INTROMISIÓN ILEGÍTIMA ANTES DEL FALLECIMIENTO DE LA PERSONA........................................................................................

80

A. El fallecido pudo haber solicitado la tutela de sus derechos

y no lo hizo ....................................................................... 81

B. El fallecido no pudo ejercitar la tutela de sus derechos antes

del fallecimiento ................................................................. 81

C. El sujeto ha fallecido una vez entablada la acción para la

defensa de sus derechos ....................................................... 81

4. Libertad de expresión y libertad de información versus

derechos del artículo 18.1 de la Constitución........................ 83

4.1. LIBERTAD DE INFORMACIÓN VERSUS DERECHOS DEL ARTÍCULO

18.1 DE LA CONSTITUCIÓN................................................. 85

A. La relevancia pública de la información............................... 86

B. La veracidad de la información ........................................... 94

4.2. LIBERTAD DE EXPRESIÓN VERSUS DERECHO AL HONOR Y DERECHO

A LA PROPIA IMAGEN .......................................................... 97

5. Causas tipificadas que justifican en las intromisiones al

honor, intimidad y propia imagen ........................................... 103

5.1. EL CONSENTIMIENTO DEL TITULAR DEL DERECHO ..................... 104

A. El consentimiento como causa de justificación de una intromisión...............................................................................

104

B. La revocación del consentimiento. Revocación y contrato........ 107

Índice 9

C. Consentimiento y revocación de las personas sin plena capacidad

de obrar.................................................................... 110

1) El menor de edad no emancipado y el incapaz

cuando tienen condiciones de madurez suficientes

para poder prestar el consentimiento............... 111

2) El menor de edad no emancipado y el incapaz

cuando no tienen condiciones de madurez suficientes

para poder prestar el consentimiento ........ 114

3) El consentimiento del menor de edad emancipado

y los medios de comunicación...................... 117

4) La revocación del consentimiento ......................... 119

D. Consentimiento y revocación en el caso de las personas fallecidas.................................................................................

119

5.2. LAS INTROMISIONES DEL ARTÍCULO 8.1 DE LA LO 1/1982......... 120

A. Las actuaciones autorizadas o acordadas por la autoridad competente

de acuerdo con la ley................................................ 121

B. El interés histórico, científico o cultural relevante como causa

justificadora de una intromisión .......................................... 122

5.3. LAS INTROMISIONES EN EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN: ARTÍCULO

8.2 DE LA LO 1/1982 .................................................. 126

A. Presencia de personas públicas o con proyección pública en

actos públicos o lugares públicos........................................... 127

B. La caricatura ..................................................................... 129

C. Las imágenes accesorias...................................................... 132

6. Tutela civil de los derechos al honor, a la intimidad y

a la propia imagen (el art. 9 de la LO 1/1982) ........................ 137

6.1. CUESTIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA JURISDICCIÓN CIVIL .... 137

6.2. INTROMISIÓN ILEGÍTIMA Y DAÑO. LA REPARACIÓN DEL DAÑO: LA

ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL ........................................... 139

A. Presunción de daño............................................................ 139

B. ¿Responsabilidad objetiva o subjetiva? ................................. 143

C. La valoración del daño....................................................... 144

D. La legitimación pasiva: el artículo 65.2 de la Ley 14/1966,

de Prensa e Imprenta, de 18 de marzo (Ley de Prensa). 147

10 Índice

E. Los beneficiarios de la indemnización en caso de muerte del

titular del derecho ............................................................... 148

1) La intromisión se ha producido con posterioridad

al fallecimiento del titular del derecho .................. 148

2) La intromisión se ha producido en vida del titular

del derecho.............................................................. 153

F. Caducidad de la acción....................................................... 153

6.3. OTRAS MEDIDAS ....................................................................... 155

SEGUNDA PARTE

RESÚMENES Y COMENTARIOS DE SENTENCIAS

1. Doctrina general: los derechos del art. 18.1 de la Constitución

tienen sustantividad propia. Sentencia del Tribunal Constitucional

14/2003, de 28 de enero (Sala 1.a) ..................................... 161

2. La sustantividad propia del derecho al honor. Sentencia del

Tribunal Constitucional 180/1999, de 11 de octubre (Sala 2.a). 163

3. Intimidad y honor como derechos diferentes. Sentencia del

Tribunal Constitucional 115/2000, de 10 de mayo (Sala 2.a)..... 164

4. El derecho a la propia imagen como derecho autónomo. Análisis

por separado de los distintos derechos. Sentencia del Tribunal

Constitucional 156/2001, de 2 de julio (Sala 1.a).............. 165

5. El derecho a la propia imagen como derecho autónomo. Auto

del Tribunal Constitucional 28/2004, de 6 de febrero (Sección

1.a).......................................................................................... 167

6. Los derechos del art. 18.1 de la Constitución como derechos

vinculados a la idea de «dignidad humana». Sentencia del Tribunal

Constitucional 127/2003, de 30 de junio (Sala 1.a)........... 169

7. Los derechos del art. 18.1 de la Constitución como derechos

vinculados a la idea de «libre desarrollo de la personalidad».

Sentencia del Tribunal Constitucional 16/2004, de 23 de febrero

(Sala 1.a) .................................................................................... 169

8. La idea de dignidad humana es ajena a las personas jurídicas,

pero ello no impide que puedan ser titulares de derechos fundamentales.

Sentencia del Tribunal Constitucional 139/1995,

de 26 de septiembre (Sala 1.a) ...................................................... 170

Índice 11

9. El derecho al honor como fama o reputación social. El derecho

al honor como consideración a uno mismo. El carácter cambiante

del contenido concreto del derecho al honor. Sentencia

del Tribunal Constitucional 49/2001, de 26 de febrero

(Sala 2.a)......................................................................................... 170

10. El honor como estimación personal y como reconocimiento

de los demás. Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de junio

de 2000 (Sala 1.a)........................................................................... 172

11. El prestigio profesional como parte del derecho al honor. Sentencia

del Tribunal Constitucional 282/2000, de 27 de noviembre

(Sala 1.a) .................................................................................. 173

12. El derecho a la intimidad como derecho de exclusión: doctrina

general. La decisión personal del titular del derecho a la intimidad

como criterio para configurar su contenido. Sentencia del Tribunal

Constitucional 115/2000, de 10 de mayo (Sala 2.a) ............. 175

13. La extensión del derecho a la intimidad dependiente de los

valores sociales vigentes en cada momento. Sentencia del Tribunal

Constitucional 171/1990, de 12 de noviembre (Sala 2.a). 178

14. Intimidad territorialmás allá del domicilio. Contenido negativo

del derecho a la intimidad: Exclusión del conocimiento ajeno.

Contenido positivo del derecho a la intimidad: control de la

información personal. El derecho a la intimidad no es un derecho

absoluto y se puede limitar por ley. Las restricciones a

los derechos fundamentales exigen un juicio de proporcionalidad.

Sentencia del Tribunal Constitucional 89/2006, de 27

de marzo (Sala 1.a) ........................................................................ 180

15. Intimidad corporal. Sentencia del Tribunal Constitucional

218/2002, de 25 de noviembre (Sala 1.a)...................................... 186

16. Intimidad como «espacio vital infranqueable». Sentencia del Tribunal

Constitucional 224/1999, de 13 de noviembre (Sala 2.a) .... 187

17. El «contenido medioambiental» del derecho a la intimidad.

Sentencia del Tribunal Constitucional 119/2001, de 24 de mayo

(Pleno) ........................................................................................... 189

18. Derecho a la propia imagen: doctrina general. El contenido

patrimonial del derecho a la propia imagen no forma parte

del derecho constitucional a la propia imagen. Sentencia del

Tribunal Constitucional 81/2001, de 26 de marzo (Sala 2.a) ..... 194

12 Índice

19. Intimidad familiar: doctrina general. Las personas fallecidas no

son titulares de los derechos a la intimidad y a la propia imagen.

Sentencia del Tribunal Constitucional 231/1988, de 2 de

diciembre (Sala 2.a) ....................................................................... 198

20. ¿Son las personas fallecidas titulares del derecho fundamental

al honor? La libertad científica como manifestación de la libertad

del art. 20.1.b) de la Constitución. Sentencia del Tribunal

Constitucional 43/2004, de 23 de marzo (Sala 1.a) ..................... 201

21. Tutela ante el Tribunal Constitucional de los derechos de la

persona fallecida. Auto del Tribunal Constitucional 149/1999,

de 14 de junio (Sección 1.a).......................................................... 217

22. La memoria de la persona fallecida en un interés digno de

protección frente a las libertades de expresión y de información.

Sentencia del Tribunal Constitucional 190/1996, de 25 de

noviembre (Sala 2.a)...................................................................... 220

23. Persona fallecida durante la tramitación de un proceso de tutela

de derechos de la personalidad fundamentales. Posibilidad de

interponer recurso de amparo por substitución. Sentencia del

Tribunal Constitucional 35/1987, de 18 de marzo (Sala 1.a) ..... 222

24. Las personas jurídico-privadas como titulares del derecho al

honor en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Sentencia

del Tribunal Supremo de 9 de octubre de 1997 (Sala 1.a).......... 228

25. Derecho al honor y personas jurídico-públicas. Sentencia del

Tribunal Constitucional 107/1988, de 8 de junio (Sala 1 .a) ...... 230

26. Los «establecimientos mercantiles o los rótulos» como tales no

están protegidos por el derecho al honor. Sentencia del Tribunal

Supremo de 30 de noviembre de 1995 (Sala 1.a).............. 231

27. Limitación mediante ley de los derechos del art. 18 de la Constitución.

Sentencia del Tribunal Constitucional 142/1993, de

22 de abril (Pleno) ........................................................................ 233

28. La limitación de derechos fundamentales a través de Ley Ordinaria.

Auto del Tribunal Constitucional 421/2003, de 16 de

diciembre (Pleno) ......................................................................... 235

29. Usos sociales como elemento delimitador de los derechos de

la LO 1/1982: la reiteración o la frecuencia en una conducta

no la legitiman per se con base en los usos sociales. La libertad

de expresión es más permisiva en el género humorístico, pero

no es absoluta. El concepto de caricatura va más allá del dibujo.

Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 2006

(Sala 1.a) ........................................................................................ 237

Índice 13

30. Una conducta ilícita reiterada no puede justificarse a través

de los usos sociales. Sentencia del Tribunal Supremo de 11

de noviembre de 2004 (Sala 1.a)................................................... 242

31. Los actos propios no pueden superar el carácter irrenunciable

de los derechos al honor, a la intimidad o a la propia imagen.

Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de julio de 2004 (Sala 1.a) 244

32. El derecho al honor es un concepto relativo, pero impide informaciones

falsas o expresiones injuriosas. La divulgación de un

hecho no es esencial para apreciar intromisión ilegítima en el

derecho al honor. Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de

marzo de 2006 (Sala 1.a) ............................................................... 245

33. El derecho a la propia imagen es un derecho autónomo con

un doble contenido: negativo (prohibir reproducción) y positivo

(autorizar reproducción). El nombre y la voz podrían formar

parte del concepto amplio de «imagen». Sentencia del Tribunal

Supremo de 22 de febrero de 2006 (Sala 1.a).................... 246

34. La intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen exige,

efectivamente, que en ella se reconozca al titular; aunque dicho

reconocimiento puede deducirse del contexto. La información

publicada podría tener cierta relevancia para la comunidad. La

publicación de las fotografías era innecesaria y estaba destinada

a satisfacer la curiosidad humana por conocer la intimidad ajena.

Una imagen desproporcionada o innecesaria respecto a la

información, no puede tener la consideración de imagen accesoria.

Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2004

(Sala 1.a)......................................................................................... 246

35. Diferencia entre libertad de información y libertad de expresión:

doctrina general. Importancia de la distinción. Sentencia

del Tribunal Constitucional 4/1996, de 16 de enero (Sala 1.a) .. 250

36. No hay relevancia pública en la noticia. Sentencia del Tribunal

Supremo de 15 de julio de 2004 (Sala 1.a)................................... 252

37. La publicación de las fotografías era innecesaria y estaba destinada

a satisfacer la curiosidad humana por conocer la intimidad

ajena. Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio

de 2004 (Sala 1.a)........................................................................... 252

14 Índice

38. La noticia carece de interés público, por tanto, no puede prevalecer

la libertad de información. Es ilícita la captación de

la imagen de una persona con proyección pública en un

momento de su vida privada aunque esté en lugar abierto al

público. Sentencia del Tribunal Constitucional 83/2002, de 22

de abril (Sala 1.a) ........................................................................... 252

39. Conflicto entre la libertad de información y los derechos del

menor. Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de julio de 2004

(Sala 1.a)......................................................................................... 253

40. Conflicto entre la libertad de información y los derechos del

menor. Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de junio de

2004 (Sala 1.a)................................................................................ 255

41. El conflicto entre la libertad de información y el derecho a

la intimidad de un menor de edad. Los efectos de la falta de

intervención del Ministerio Fiscal cuando el menor no tiene

las condiciones de madurez suficientes para poder prestar el

consentimiento. Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de

marzo de 2003 (Sala 1.a) ............................................................... 256

42. La libertad de información es pieza básica en un sistema democrático.

Para que pueda prevalecer deben concurrir dos requisitos:

interés público en la noticia y veracidad de lo informado.

Veracidad no equivale a exactitud, sino a diligencia. Sentencia

del Tribunal Constitucional 61/2004, de 19 de abril (Sala 2.a). 257

43. Doctrina del reportaje neutral. Sentencia del Tribunal Constitucional

76/2002, de 8 de abril (Sala 2.a) ................................... 264

44. Doctrina del reportaje neutral. Sentencia del Tribunal Constitucional

232/1993, de 12 de julio (Sala 2.a) ............................... 265

45. El art. 2.2 de la LO 1/1982 permite el consentimiento obtenido

de hechos inequívocos. Sentencia del Tribunal Supremo de

25 de noviembre de 2002 (Sala 1.a).............................................. 266

46. El artículo 2.2 de la LO 1/1982 no admite el consentimiento

presunto. El consentimiento que justifica una intromisión debe

darse para cada uno los hechos lesivos: consentir para «que

te hagan una foto» no implica consentir para que la publiquen.

El derecho a la propia imagen es un derecho autónomo con

un doble contenido: negativo (prohibir reproducción) y positivo

(autorizar reproducción). El nombre y la voz podrían formar

parte del concepto amplio de «imagen». Sentencia del Tribunal

Supremo de 22 de febrero de 2006 (Sala 1.a).................... 267

Índice 15

47. El autorizado para dar el consentimiento en la «intimidad familiar

». Consentir respecto a la intimidad familiar no es lo mismo

que consentir para un familiar. Sentencia del Tribunal Supremo

de 13 de julio de 2004 (Sala 1.a) ............................................ 270

48. Características de la revocación contemplada en el art. 2.3 de

la LO 1/1982. Sentencia del Tribunal Constitucional 117/1994,

de 25 de abril (Sala 2.a) ................................................................. 274

49. Los efectos de la falta de intervención del Ministerio Fiscal

cuando el menor no tiene las condiciones de madurez suficientes

para poder prestar el consentimiento. El conflicto entre

la libertad de información y el derecho a la intimidad de un

menor de edad. Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de marzo

de 2003 (Sala 1.a)...................................................................... 281

50. Los efectos de la falta de intervención del Ministerio Fiscal

cuando el menor no tiene las condiciones de madurez suficientes

para poder prestar el consentimiento. Sentencia del Tribunal

Supremo de 7 de octubre de 1996 (Sala 1.a) ..................... 284

51. La libertad científica como manifestación de la libertad del

art. 20.1.b) de la Constitución. ¿Son las personas fallecidas titulares

del derecho fundamental al honor? Sentencia del Tribunal

Constitucional 43/2004, de 23 de marzo (Sala 1.a) ..................... 287

52. Es ilícita la captación de la imagen de una persona con proyección

pública en un momento de su vida privada aunque

esté en lugar abierto al público. La noticia carece de interés

público, por tanto, no puede prevalecer la libertad de información.

Sentencia del Tribunal Constitucional 83/2002, de 22

de abril (Sala 1.a) ........................................................................... 287

53. El art. 8.2.a) de la LO 1/1982 responde a una exigencia pública

de la información. El concepto de «lugar abierto al público»

no puede justificar una intromisión en la vida privada de una

persona cuando no actúa como «personaje público». Una imagen

accesoria es una imagen accidental en el reportaje gráfico,

nunca un elemento central del mismo. No hay relevancia

pública en la noticia. Sentencia del Tribunal Supremo de 15

de julio de 2004 (Sala 1.a) ............................................................. 295

16 Índice

54. La libertad de expresión es más permisiva en el género humorístico,

pero no es absoluta. El concepto de caricatura va más

allá del dibujo. Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo

de 2006 (Sala 1.a)........................................................................... 298

55. Una imagen accesoria es una imagen accidental en el reportaje

gráfico, nunca un elemento central del mismo. Sentencia del

Tribunal Supremo de 15 de julio de 2004 (Sala 1.a)................... 298

56. Una imagen desproporcionada o innecesaria respecto a la información,

no puede tener la consideración de imagen accesoria.

Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2004 (Sala

1.a) .............................................................................................. 298

57. La responsabilidad del art. 9 de la LO 1/1982 como responsabilidad

objetiva. Presunción iuris et de iure de daño. La LO

1/1982 es de aplicación subsidiaria a la LORTAD. El derecho

al honor es un concepto relativo, pero impide informaciones

falsas o expresiones injuriosas. La divulgación de un hecho no

es esencial para apreciar intromisión ilegítima en el derecho

al honor. Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de

2006 (Sala 1.a)................................................................................ 298

58. La responsabilidad civil del art. 9 de la LO 1/1982 como responsabilidad

subjetiva. Sentencia del Tribunal Supremo de 29

de febrero de 2000 (Sala 1.a)......................................................... 302

59. La indemnización por daños del art. 9 de la LO 1/1982 no

tiene función sancionadora ni tampoco ejemplarizante. El daño

material se tiene que probar. Sentencia del Tribunal Supremo

de 8 de mayo de 1999 (Sala 1.a).................................................... 310

60. El plazo del art. 9.5 de la LO 1/1982 es de caducidad stricto

sensu. No se puede interrumpir. Sentencia del Tribunal Supremo

de 31 de julio de 2000 (Sala 1.a) ............................................ 313

61. La incoación de un proceso penal no interrumpe ni suspende

la acción de responsabilidad civil. Sentencia del Tribunal

Supremo de 5 de julio de 2004 (Sala 1.a)..................................... 314

62. La incoación de un proceso penal sin reserva de acciones impide

ejercitar la acción de tutela de los derechos del art. 18 de

la Constitución a través de la Jurisdicción Civil. Sentencia del

Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2004 (Sala 1.a) .............. 316

Índice 17

63. Incoación de un proceso penal con reserva de acciones. Sentencia

penal condenatoria. Procedencia de la acción de responsabilidad

civil ex art. 1.092 del Código Civil y no vía art. 9

de la LO 1/1982. Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de

julio de 2004 (Sala 1.a) .................................................................. 317

64. El plazo de caducidad no empieza a computar mientras se esté

«perpetrando» la intromisión. Sentencia del Tribunal Supremo

de 9 de julio de 2004 (Sala 1.a) ..................................................... 323

TERCERA PARTE

LEGISLACIÓN

Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho

al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 327

Bibliografía........................................................................................... 335



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